Cómo cumplir con la nueva directiva de MiFID II, paso a paso

Conformidade Regulamentar 3 de Agosto de 2022

Los asesores financieros ya tienenen que tener en cuenta las preferencias de sus clientes en materia de sostenibilidad, más allá del perfil de riesgo, que ya se recogía en el test de idoneidad. 

Este cambio entró en vigor el pasado 2 de agosto, con el fin de alinear la Directiva sobre Mercados de Instrumentos Financieros (MiFID II, por sus siglas en inglés) con el Reglamento sobre Finanzas Sostenibles de la Unión Europea. Este é um passo mais importante para uma maior transparência e protecção do inversor minorista

¿Qué ha cambiado?

Antes de lo que ya se conoce como MiFID verde, existían algunos requisitos que os distribuidores de fondos tenían que cumplir, como: 

  • Que el perfil de riesgo del producto financiero fuera coherente con la aversión al riesgo de los clientes, 
  • Que el producto hubiera foi diseñado en beneficio del cliente.

Ahora, a estos dos requisitos se ha sumado un tercero: el perfil "sostenible" de los clientes, que el asesor tiene que tener en cuenta a la hora de aconsejar y seleccionar los fondos . Esta ampliación de la directiva MiFID II supone también una presión añadida para los fondos, ya que deben proporcionar más y mejor información sobre las características sostenibles de sus productos.

De hecho, el artículo 9 hace obligatorio presentar información transparente y pertinente sobre los factores de sostenibilidad de los instrumentos financieros. O objectivo é que os distribuidores puedan considerar debidamente cualquier preferencia de sostenibilidad expresada por su cliente ou cliente potencial.

Esta referência aos "factores de sustentabilidade" é uma alusão directa aos reglamentos vigentes da União Europeia em finanças sustentáveis como o SFDR e a taxonomia, que poco a poco está a consolidar uma linguagem común para comercializar produtos sustentáveis na UE.

O artigo 10 da MiFID II, que detalha as obrigações em matéria de gobernanza dos produtos financeiros, insiste em que os distribuidores devem dispor de informação adecuada e precisa sobre as características sustentáveis dos produtos, proporcionada pelos propios fondos. 

Y ahora, ¿qué?

En pocas palabras, los "factores de sostenibilidad" forman parte de los requisitos de la MiFID II. Os investidores financeiros e outros distribuidores que operam na União Europeia estão obrigados a dar preferência aos seus clientes sobre as suas preferências de inversão em matéria de sustentabilidade e a criar uma oferta de produtos acorde.

En la práctica, esto se traduce en:

  1. A criação de um processo para avaliar as preferências de sustentabilidade dos clientes, como uma extensão no teste de idoneidade. Os clientes são filhos dos protagonistas da "MiFID verde", por lo que cualquier cambio tiene que ser debidamente comunicado y fácilmente comprensible para ellos. Reducir la complejidad en la medida de lo posible es, por lo tanto, fundamental.
  2. La integración de este nuevo paso dentro del proceso de selección y oferta de productos.
  3. El acceso a datos fiables para poder construir esta oferta, adaptada a las preferencias expresadas por los clientes. Para poder construir este cabo, os distribuidores necessitam de informação que esteja alinhada com as normas de finanças sustentáveis e vigentes na UE, como o SFDR e a taxonomia. El estándar más aceptado para intercambiar esta informação é la plantilla europea ESG (EET, por sus siglas en inglés), un documento que ayuda a los fondos a publicar toda la información exigida por los reguladores. Esta EET é compatível com a EMT, a plantilla europea de la MiFID, ya en uso.
  4. La auditoría de los datos recogidos, para evitar cualquier riesgo de "greenwashing". Aunque los fondos hagan pública la información, es recomendable buscar fuentes alternativas para validar esos datos y poder ofrecer productos sostenibles con todas las garantías. A metodologia de Clarity AI, baseada na inteligência artificial e em outras tecnologias, aumenta consideravelmente a fiabilidade e a precisão dos dados, a escala.

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