SFDR: Desglose de las normas técnicas reglamentarias de nivel 2
La presentación de informes técnicos es fácil si se utilizan las plantillas de los anexos 1-5 de las normas técnicas reglamentarias de nivel 2 de SFDR.
A partir del 1 de enero de 2023, comienzan a aplicarse las "normas técnicas de regulación de nivel dos" (NTR) para SFDR . Esto significa que, en el ámbito de aplicación, los gestores de activos tienen que empezar a informar utilizando las plantillas incluidas en los anexos 1 a 5 de las RTS aquí.
- Anexo 1: Principales métricas de indicadores adversos que las entidades incluidas en el ámbito de aplicación (aquellas con más de 500 empleados y las que no hayan optado activamente por la exclusión voluntaria) deben divulgar para todo el año 2022 antes de junio de 2023. Esta plantilla también puede utilizarse para la notificación a nivel de producto cuando proceda.
Los anexos restantes contienen la información complementaria exigida para el artículo 8 y fondos artículo 9:
- Anexo 2: Información precontractual con arreglo al artículo 8 (por ejemplo, cómo tendrá en cuenta este fondo las características medioambientales o sociales, cuál es el nivel de inversión sostenible o de alineación taxonómica, en su caso);
- Anexo 3: Información precontractual del artículo 9 (por ejemplo, cuál es el objetivo medioambiental o social del fondo, cuál es el nivel de inversión sostenible y cuál es la alineación taxonómica, en su caso);
- Anexo 4: Artículo 8 en curso divulgación anual (es decir, incluyendo cómo cumplió el fondo sus características medioambientales o sociales, cuál fue el nivel real de inversión sostenible o de alineación con la taxonomía, en su caso); y
- Anexo 5: Artículo 9 en curso divulgación anual (es decir, incluyendo cómo cumplió el fondo su objetivo medioambiental o social, cuál fue el nivel real de inversión sostenible y cuál fue, en su caso, la alineación de la taxonomía).
La información de estas plantillas también puede registrarse en la Plantilla europea ESG (EET), que es una iniciativa (voluntaria) del sector en la que los gestores de activos pueden cumplimentar previamente la información pertinente de los anexos 2-5 en un formato que puede transmitirse a sus distribuidores y, en última instancia, al inversor final.
Clarity AI está bien situada para ayudar a los participantes en los mercados financieros (PMF) a medida que vayan entrando en vigor estos nuevos requisitos:
- A través del módulo Clarity AISFDR las empresas pueden preparar su informe PAI a nivel de producto o de entidad. Este módulo también contiene una funcionalidad para rellenar previamente el EET.
- A través de Clarity AIEU Taxonomylos usuarios pueden generar y rellenar previamente los cuatro anexos (números 2-5) para la información precontractual y continua de los fondos de los artículos 8 y 9.
- A través de su producto del artículo 2(17), Clarity AI puede ayudar a las FMP a determinar si sus inversiones son sostenibles o no según la SFDR definición de inversión sostenible.
Los requisitos del Nivel 2 pueden ser difíciles de cumplir. De hecho, en previsión de su aplicación, hemos observado que algunos fondos han "rebajado" su categoría del artículo 9 al artículo 8 para evitar caer en el incumplimiento de las normas establecidas en el artículo 9. Las normas del artículo 8 también están sujetas a consulta por parte de la AEVM con el fin de introducir normas mínimas más estrictas para los fondos del artículo 8. Estas normas incluirían, entre otras cosas, una mayor transparencia de las operaciones de los fondos. Esto incluiría, entre otras cosas, un umbral mínimo del 50% de inversión sostenible, tal como se define en el artículo 2(17) de SFDR (y no del 40%, como hemos visto en otros informes). Por lo tanto, es tan importante como siempre que los participantes en los mercados financieros puedan aprovechar la tecnología para garantizar que pueden responder plenamente a las complejas normas reglamentarias esbozadas en las NTR.